Particularidades Herencia Marruecos: Matrimonio mixto
En el caso de que el fallecido sea de nacionalidad extranjera, casado con una mujer marroquí, y él sea musulmán, ¿quién heredará sus bienes en Marruecos? Y si los hijos de su ex mujer no son musulmanes, ¿quién heredará losmismos bienes?

En caso de conversión al Islam, si este marido tenía hijos de una unión anterior, no pueden heredar de él en Marruecos si no son musulmanes ellos mismos. Salvo lo que les legue por testamento de acuerdo con la ley musulmana, dentro del límite de su cuota disponible que es un tercio y que no requiere que el legatario sea musulmán. La devolución legal, en cambio, se atribuye únicamente a los herederos musulmanes. Si este extranjero musulmán tiene propiedades en el extranjero, sólo podemos invitarle a que se informe sobre la ley aplicable en estos
países y a que vea si es posible, mediante un testamento, garantizar en el extranjero los derechos de sus hijos no musulmanes.
El testamento es un acto unilateral facultativo por el que el causante dispone en vida del reparto de su patrimonio en caso de fallecimiento a favor de los legatarios.
En ausencia de un testamento, las únicas personas susceptibles de heredar son los herederos legales, tal y como determina la ley aplicable mencionada anteriormente.
Sin embargo, si se redacta un testamento, éste sólo producirá sus efectos si es válido con respecto a la ley aplicable a la sucesión. Por ejemplo, un musulmán no puede legar más de un tercio de su patrimonio a su(s) legatario(s) en virtud de un testamento, siempre que no sean sus herederos legales, a menos que todos sus herederos legales estén de acuerdo por unanimidad. Y un extranjero tiene una cuota disponible que varía según la ley aplicable a su patrimonio. Otro ejemplo: a
un francés se le prohíbe desheredar completamente a su hijo, pero puede legar parte de su patrimonio a otras personas. El testamento puede ser notarial u ológrafo, es decir, escrito por la mano del testador.
En cualquier caso, se recomienda encarecidamente que cualquier persona que desee hacer disposiciones testamentarias busque el asesoramiento de un experto en estas cuestiones antes de hacerlo, para asegurarse de que sus deseos debidamente expresados puedan surtir efecto en el momento del fallecimiento.
Muchos Estados del mundo tienen archivos de últimas voluntades. Es imprescindible que el testador realice las gestiones ante el archivo competente para que, a su
muerte, el notario encargado de su sucesión, previa consulta con el archivo central, sepa que existe un testamento y que debe tenerlo en cuenta, de lo contrario no lo tendrá en cuenta a la hora de redactar el acta notarial, ya que no está en
condiciones de conocer su existencia. Todos los bienes que componen el patrimonio del testador, ya sean muebles o inmuebles, son susceptibles de ser legados si el testamento se ajusta a las normas de forma y fondo que le son aplicables.